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COVID – 19 - CNV RES 832/2020 – EXTENSIÓN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE EECC

07.04.20

Mariana Vázquez - Natalia Artmann - Fernando Carrizo

El 7 de abril fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 832/2020 (la “Resolución”) de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), la cual dispuso extender el plazo de presentación de los estados financieros anuales y trimestrales de las entidades emisoras, los Fondos Comunes de Inversión Cerrados y los Fideicomisos Financieros que se encuentren en el régimen de la oferta pública de valores negociables, y prorrogar en el mismo término el plazo para el cumplimiento del régimen informativo periódico especial aplicable a las Pequeñas y Medianas Empresas CNV (PyMES CNV). Ello, en el marco de los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 297/2020 y N° 325/2020 que dispusieron el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

 

En este sentido, la Resolución estableció que las entidades emisoras, los Fondos Comunes de Inversión Cerrados y los Fideicomisos Financieros, que se encuentren en el régimen de oferta pública, deberán presentar sus estados financieros correspondientes a ejercicios anuales con cierre el 31/01/2020, 29/02/2020 y el 31/03/2020, e intermedios con cierre el 29/02/2020 y 31/03/2020, dentro de los siguientes plazos, cumpliendo en cada caso con el que ocurra primero:

 

  • Para lo períodos intermedios, dentro de los 70 días corridos de cerrado el trimestre o de los 2 días de su aprobación por el órgano de administración.
  • Para los ejercicios anuales, dentro de los 90 días corridos de finalizado el mismo o dentro de los 2 días de su aprobación por el órgano de administración.

 

Estos plazos también se aplican para la presentación de los estados financieros anuales y el informe contable resumido trimestral de las PyMES CNV.

 

Asimismo:

 

  • las PyMES comprendidas en el régimen PyME CNV Garantizada, tendrán 140 días de cerrado el ejercicio para publicar en la AIF sus estados contables anuales,
  • las emisoras que con exclusividad realicen oferta pública de valores representativos de deuda a corto plazo deberán presentar la información contable resumida trimestral dentro de los 78 días corridos de finalizado cada trimestre o de los 2 días hábiles de su aprobación por el órgano de administración, lo que ocurriera primero,
  • las entidades financieras que se encuentren registradas ante la CNV por sus actividades vinculadas al mercado de capitales, deberán presentar sus Estados Financieros por el período intermedio cerrado el 31 de marzo de 2020, dentro de los 60 días corridos de finalizado el mismo.

 

En materia de hechos relevantes, las emisoras, PyMES CNV y agentes de administración y/o custodia de productos de inversión colectiva, informarán de manera inmediata todo hecho relevante que pudiera afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la emisora y toda aquella información que de acuerdo a la normativa vigente debiera ser de conocimiento de los inversores.

 

La Resolución entrará en vigencia el 8 de abril de 2020.