13.04.20

Diego Fraga y Agustina Riggio Nifosi

El día 13 de abril fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución General 4695/2020, dictada por la AFIP. Esta norma extiende la feria fiscal extraordinaria aprobada con motivo de la pandemia del “Coronavirus COVID-19”. En este sentido, se dispone un nuevo período extraordinario, del 13 al 26 de abril inclusive, sin cómputos de determinados plazos fiscales procedimentales en el marco de la emergencia sanitaria. Entre los conceptos alcanzados se encuentran los plazos procedimentales ante la AFIP, los requerimientos y las fiscalizaciones. No se incluyen los vencimientos para la presentación de declaraciones juradas y/o pagos ni las efectivizaciones de la sanción de clausura.