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CNV COMUNICADO 1/2020 – HABILITACIÓN DE CASILLA DE CORREO PARA PRESENTACIONES ANTE LA CNV.

26.03.20

Mariana Vázquez y Fernando Carrizo

El 26 de marzo la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) emitió la comunicación 1/2020 (la “Comunicación”), que dispuso la tramitación de presentaciones a través de una casilla de correo, en el marco de los decretos N° 297/20 y 298/20 que declararon asueto para la Administración Pública y la suspensión de plazos de todos los procedimientos administrativos regidos por la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

La Comunicación estableció que toda presentación dirigida a la Gerencia de Emisoras y consultas vinculadas con los trámites deben enviarse a la casilla de mail “mesadeentradasEmisoras@cnv.gov.ar” desde direcciones de correo previamente declaradas ante la Autopista de Información Financiera (“AIF”), o desde una casilla de correo que la entidad  informe (desde una casilla previamente declarada) que se cursarán o recibirán notificaciones a los efectos del trámite. En este sentido, las emisoras deberán tener en cuenta:

  • Indicar en el asunto del correo la identificación del expediente al que corresponde la presentación.
  • Adjuntar documentos en formatos Word o PDF que no superen los 10 MB.
  • Los prospectos y suplementos definitivos (completos y resumidos) deben enviarse en formato PDF.
  • Las presentaciones efectuadas con posterioridad a las 15 horas se considerarán recepcionadas el día hábil siguiente.
  • En los supuestos de contestaciones a vistas, la documentación que se adjunte deberá estar acompañada de los dictámenes objeto de respuesta.
  • Si se tratara de trámites recientemente iniciados en soporte papel que no han recibido la primera vista, será necesario para continuar con su análisis que se envíe toda la documentación que fue presentada en soporte papel a través de esta nueva vía de recepción de documentos.
  • Para el pago de aranceles, se deberá enviar el formulario correspondiente para su validación y luego el comprobante de pago escaneado o en formato PDF.
  • Los prospectos y suplementos deben incluir información suficiente sobre la situación vinculada con la pandemia por Covid-19, las medidas dispuestas por el Gobierno, y todo lo relacionado con los riesgos que representa.

En lo que respecta a los trámites de conformidad administrativa que involucren fusiones y escisiones, deberán seguir el mismo procedimiento hasta la publicación del prospecto correspondiente. Por su parte, las presentaciones y tramitación posterior, que requieren la intervención de otros organismos de registro, quedarán sujetas a que se levanten las medidas de emergencia, o se comuniquen nuevas medidas para superarlas.

Por último, la Comunicación aclara que se mantiene vigente la obligación de enviar a través de la AIF toda aquella documentación e información que deba remitirse por esa vía.