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BONO PARA EL SECTOR PRIVADO. COMUNICACIÓN PREVIA POR DESPIDOS. DECRETO 1043/2018.

13.11.18

Calaza, Pablo G.

El 13/11/2018 salió publicado en el Boletín Oficial el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1043/2018 (vigente desde su publicación) que establece:

1. A partir del 01/11/2018, una Asignación No Remunerativa (la “Asignación”) para los trabajadores del sector privado (queda excluido el sector público, trabajo agrario y personal de casas particulares) por la suma de $ 5.000 que será otorgada en dos cuotas: 50% con el salario de noviembre de 2018 y 50% con el salario de enero de 2019.

Esta suma se ajustará proporcionalmente cuando la jornada sea inferior a la legal o convencional.

Las partes signatarias de los Convenios Colectivos de Trabajo (“CCT”), representantes de los trabajadores y empleadores podrán adecuar la implementación en cuanto a plazos y montos para aquellas actividades en crisis o declinación productiva.

Las partes signatarias de los CCT:

(i) que hubiesen pactado incremento como revisión salarial del aumento salarial 2018 podrán compensar dicho aumento con la Asignación salvo pacto expreso en contrario.

(ii) podrán establecer que esta Asignación sea a cuenta de las sumas que se pacten como revisión del aumento de salario por el año 2018.
Los empleadores que hayan otorgado unilateralmente otros incrementos sobre los ingresos a partir del 01/01/2018 podrán compensarlos con la suma total de la Asignación.

Cuando la Asignación sea absorbida o compensada adquirirá carácter remunerativo.

2. La obligación de los empleadores, hasta el 31/03/2019, de comunicar al Ministerio de Producción y Trabajo (“MPT”) con una anticipación no menor a 10 días hábiles la decisión de despedir sin causa a trabajadores con contrato por tiempo indeterminado (excepto personal de la industria de la construcción), bajo apercibimiento de multa.

El MPT podrá convocar al empleador y al trabajador con la asistencia gremial a las audiencias necesarias para considerar en qué condiciones se llevará a cabo la extinción.

3. El MPT dictará las normas complementarias y aclaratorias del presente.