BCRA – COMUNICACIÓN “A” 7096 – FÓRMULA DE ACTUALIZACIÓN DE ALQUILERES 

28.08.20

Hernán D. Camarero - Eduardo Bellocq – Patricio J. Trench - Matias Zaefferer – Calixto M. Zabala – Gustavo A. Bethular

Como se informó en un anterior newsletter, el 11/06/2020 el Congreso de la Nación sancionó un proyecto de ley que modifica y complementa la regulación de los alquileres del Código Civil y Comercial de la Nación (Ley # 27.551, BO 30-06-2010). Entre otras modificaciones la ley autoriza el ajuste del valor de los alquileres, configurando una nueva excepción a la prohibición de indexar incluida en la Ley de Convertibilidad # 23.928 (arts. 7 y 10).

Con respecto a las locaciones para vivienda, el artículo 14 de la ley establece que los alquileres deben fijarse como “valor único y por períodos mensuales”, sobre el cual solo pueden realizarse ajustes anuales. Para esos ajustes debe aplicarse un índice conformado por el IPC y la “remuneración imponible promedio de los trabajadores estables” (RIPTE), que deberá ser elaborado por el BCRA.

En ese marco el 27/8/20 el BCRA dictó la Comunicación “A” 7096 que aprueba el método de cálculo del índice de ajuste referido, llamado Índice para Contratos de Locación (ICL). Aplicando este método de cálculo el BCRA informará el ICL mediante Comunicaciones “B”. La primera de estas comunicaciones (Comunicación “B” 12.059) fue dictada también el 27/08/2020. En la misma se informa el ICL correspondiente al 1/07/2020 a 16/09/2020.

Cabe destacar que la Ley # 27.551 no establece una forma de ajuste o índice para las locaciones comerciales, por lo que en principio debería regir la autonomía de la voluntad.