BCRA COM "A" 6823 - RESTRICCIONES A OPERACIONES CON TARJETAS

01.11.19

Hernán Camarero y Fernando Carrizo

El 31 de octubre de 2019, el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) emitió la Comunicación “A” 6828 (la “Comunicación”) que regula el acceso al mercado de cambios para realizar pagos al exterior por el uso de tarjetas de crédito, débito o prepagas emitidas en el país a partir del 1/11/2019 inclusive.

La Comunicación obliga a las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas locales a requerir la conformidad previa del BCRA para acceder al mercado de cambios para realizar pagos al exterior por el uso de las tarjetas enunciadas, cuando tales pagos se originen en forma directa o indirecta a través del uso de redes de pagos internacionales, para las siguientes operaciones:
1. Participación en juegos de azar y apuestas de distinto tipo.
2. Transferencia de fondos a cuentas en proveedores de servicios de pago.
3. Transferencia de fondos a cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados en el exterior.
4. Operaciones cambiarias en el exterior.
5. Adquisición de criptoactivos en sus distintas modalidades.

Asimismo, la Comunicación fijó en US$ 50 el monto máximo por operación que podrán otorgar las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas locales como adelantos en efectivo a los tarjetahabientes en el exterior.

La Comunicación entró en vigencia el 31/10/2019 y se aplicará a las operaciones a partir del 1/11/2019.