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ADHESIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES AL RÉGIMEN DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO. REDUCCIÓN DE ALÍCUOTAS EN EL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS.

08.01.21

Diego Fraga - Damián Navarro - Agustina Riggio Nifosi

El 07 de enero de 2021 se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Ley Nº 6.394, emitida el 10 de diciembre 2020, mediante la cual se adhirió al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento creado por la Ley Nacional Nº 27.506.

La ley dispuso que las personas humanas y jurídicas radicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que realice, entre otras, las siguientes actividades:

  • software y servicios informáticos y digitales,
  • nanotecnología y nanociencia,
  • ingeniería para la industria nuclear,
  • fabricación y mantenimiento de bienes y servicios orientados a soluciones de automatización en la producción.

Por otro lado, la Ley dispone que no podrán adherir al régimen, aquellos sujetos que realicen actividades de tecnología financiera (Fintech), excepto que el proveedor del producto o servicio provisto a la empresa de tecnología financiera sea beneficiario del régimen.

Asimismo se dispuso la creación del Registro de la Economía del Conocimiento (REC), el cual será el encargado de la inscripción de los beneficiarios al régimen en la Ciudad. Para ello, los sujetos deberán acreditar la inscripción en el Registro Nacional de Beneficiario del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, y no poseer deudas liquidas y exigibles por la AGIP. La renovación de la inscripción se deberá realizar de forma anual.

La Ley estableció que lo sujetos inscriptos obtendrán el beneficio de reducción de alícuota del Impuesto sobre los Ingresos Brutos o un tratamiento fiscal asimilable a industrias, los cuales varían conforme la cantidad de compromisos asumidos.

Por último, se resolvió que la Ley tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2029.